Volver arriba

Trámites

Para realizar tus trámites administrativos puedes hacerlo de forma presencial en la escuela en el horario actual: de martes a viernes de 10:30 a 13:00h / lunes de 16:00 a 19:00h.

Además la Consejería de Educación ha puesto en marcha la Secretaría virtual, donde puedes realizar algunos trámites: solicitud de títulos, certificados, alegaciones, becas, etc. (No todos los puntos están disponibles para todos los Centros, dependerá de los plazos que estén abiertos en ese momento). Nuestro código de Centro es el 29 006179 por si te hiciera falta.

Si necesitas más información, puedes contactarnos por correo electrónico a info@escueladeartesantelmo.es

A continuación te ofrecemos la información relevante a otros trámites de interés.

Obtención del título

Si has finalizado tus estudios debes realizar los trámites para obtener el título que será expedido por la Consejería de Educación.

En las enseñanzas postobligatorias (Bachillerato y Ciclos Formativos y Enseñanzas Superiores), el título debe ser solicitado por el alumno o alumna, previo cumplimiento de las condiciones que para la obtención del mismo se exige. 

¿Dónde y cuándo?

Por internet en la secretaría virtual  de la Junta de Andalucía o en la administración del centro.

Desde enero hasta el 31 de octubre, siempre y cuando hayas aprobado todas las materias, y se hayan formalizado las actas.

¿Qué pasos debo seguir?
  1. CUMPLIMENTAR el impreso oficial para el pago de las tasas de expedición de títulos. Es el modelo 046 de autoliquidación de la Junta de Andalucía disponible online en: http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/modelos/modelo046/046.jsp
  2. PAGAR la tasa correspondiente (excepto exentos), de forma presencial en cualquier entidad bancaria o por pago telemático si dispones de certificado digital (quienes opten por esta forma de pago tendrán derecho a una bonificación).
  3. PRESENTAR en persona en la administración del centro: 
  • Impreso de solicitud de títulos (puedes descargarlo aquí)
  • Fotocopia de tu DNI (por ambas caras).
  • Impreso del pago de la tasa (046) sellado o validado por el banco o por la plataforma de pago telemático. Atención: se presenta el “ejemplar para la Administración” y el “ejemplar para el Interesado”. El «ejemplar para el Interesado» será sellado y devuelto en el momento de ser presentado en ventanilla. Este ejemplar con el sello de la Escuela servirá como resguardo de entrega y título hasta que llegue el original.
  • En caso de bonificación o exención: original en vigor y fotocopia (devolvemos el original) de cualquiera de las circunstancias que dan lugar a reducción o exención de abono de tasas académicas.
¿Cuáles son las tasas?

Puedes consultar la relación de los importes aplicables (sólo válidos para el año en curso) en el siguiente enlace:  https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/cuotatrib_titulos.html

¿Cómo cumplimentar el modelo 046?

En el apartado Obligado al pago, cumplimentar los datos personales del alumno/a que solicita el título. 

En el apartado Datos generales:

  • Marcar la casilla AUTOLIQUIDACIÓN. 
  • En el campo Descripción indica el título que solicitas: 

BACHILLERATO: Solicitud Título Bachillerato (Artes Plásticas. Diseño e imagen) LOMCE. Especificar año escolar. EA San Telmo (Málaga).

CICLO GRADO MEDIO: Solicitud Título C.F.G.M. Artes Plásticas y Diseño. Especificar ciclo cursado y año escolar. E.A. San Telmo (Málaga).

CICLO GRADO SUPERIOR: Solicitud Título C.F.G.S. Artes Plásticas y Diseño. Especificar ciclo cursado. Especificar año escolar. E.A. San Telno (Málaga).

ESTUDIOS SUPERIORES. Solicitud de Título de Enseñanzas Superiores de Diseño. Especificar Especialidad. Especificar año escolar. E.A. San Telno (Málaga).

  • Fecha de devengo. Fecha en la que se realiza la liquidación.
  • Total importe. Según el caso (mirar los importes aquí).
  • Si pagas telemáticamente, no olvides marcar la casilla solicitando la bonificación.
  • En Código órgano territorial selecciona CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE.
  • En Código provincia, selecciona MÁLAGA.
  • En Código centro, selecciona E.A. SAN TELMO.
  • Concepto de pago. Indica el código 0049, o utiliza el desplegable de Conceptos disponibles y selecciona EXPEDICIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES para que se rellene automáticamente. 

Al finalizar pulsa VALIDAR y descarga los tres ejemplares: «el Talón de cargo», «el ejemplar para la Administración» y «el ejemplar para el Interesado». 

¿Cuándo estará mi título?

La expedición del título suele tardar alrededor de 2 años o más. Mientras tanto, será imprescindible que el alumno/a conserve el “ejemplar del Interesado” sellado por la Escuela.

 

Una vez expedido y recibido el título en el centro, se comunicará al interesado/a mediante carta. A partir de la notificación, el plazo máximo para la recogida y custodia será de cinco años. 

Podrás recoger tu título en la administración del centro personalmente o bien mediante persona autorizada teniendo que:

– Acreditar la identidad mediante el DNI.

– Firmar en el Libro de Registro de Retirada del Título.

 

La persona autorizada, además, tendrá que entregar la correspondiente autorización firmada por el interesado/a. Puedes utilizar el modelo que se adjunta.

Para consultar las becas que las distintas Administraciones ofertan, consulta el Portal de becas de la Junta de Andalucía.

Solicitud

El alumnado podrá solicitar convalidaciones de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño (ciclos formativos).

La presentación de solicitud de convalidaciones no exime al alumnado de la obligación de asistir a clase y de la realización de las evaluaciones correspondientes mientras no posea la resolución de su convalidación. El plazo máximo legalmente establecido para resolver las solicitudes y notificarlas es de tres meses desde el registro de la solicitud.

.

En ningún caso podrá ser objeto de convalidación el módulo de proyecto integrado/ final y las prácticas (estas solo son objeto de exención por práctica laboral). 

En los Ciclos formativos existen módulos que conforman las enseñanzas mínimas de los títulos de Artes Plásticas y Diseño y módulos de desarrollo curricular propios de cada Comunidad Autónoma. Por ello, el alumnado puede solicitar la convalidación de módulos a tres órganos diferentes: 

El Ministerio de Educación, la Consejería de Educación de Andalucía y la Escuela de Arte.

Convalidaciones a realizar por el Ministerio

Este procedimiento afecta exclusivamente a las enseñanzas mínimas o currículo básico de los ciclos de Artes Plásticas y Diseño cuya resolución corresponde a este Ministerio. En el procedimiento verás los módulos que puedes convalidar. 

 

Solo podrá presentar una instancia de solicitud de convalidaciones por curso académico. En dicha solicitud se reflejarán los módulos de enseñanzas mínimas del ciclo que se cursa para los que se solicita convalidación con independencia del curso en el que esté matriculado.

 

Dónde: En la SEDE ELECTRÓNICA del Ministerio. Una vez cumplimentada la instancia de solicitud, deberá presentarla, junto con la documentación requerida, en su centro educativo.

Plazo: desde el 15 de septiembre al 22 de diciembre en la SEDE electrónica y hasta el 13 de enero del en la administración de la escuela.

Requisitos: 

El solicitante deberá estar matriculado en un ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño y tener superados otros estudios del Sistema Educativo Español con validez académica oficial en los que fundamentar su solicitud.

El solicitante deberá estar dado de alta en la SEDE electrónica de este Ministerio.

Documentación: 

  • Certificación académica personal de los estudios cursados en el Sistema Educativo Español con validez académica oficial en los que fundamenta la solicitud de convalidación.
  • En el caso de estudios universitarios, es recomendable aportar los programas oficiales de las asignaturas en las que se fundamenta la solicitud de convalidación. En todo caso, el Ministerio podrá requerir aquellos programas que estime necesarios para la resolución.

Resolución: Se notificará al solicitante mediante correo electrónico la disponibilidad de descargar la resolución a través de SEDE electrónica. La resolución se hará efectiva cuando el solicitante la presente en el centro educativo en soporte papel con firma electrónica y Código Seguro de Verificación (CSV) para su comprobación.

Convalidaciones a realizar por la Consejería

La Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa resolverá las convalidaciones que no realiza el centro y pertenecen a módulos específicos del currículo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Normativa de aplicación.

Dónde: administración del centro.

Plazo: Antes del 31 de diciembre.

Requisitos: que los módulos cursados pertenezcan a enseñanzas del mismo o superior nivel educativo y que, al menos, exista un mínimo de un 75% de coincidencia en carga lectiva y contenido con los módulos objeto de convalidación.

Documentación

  • Impreso de solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Certificación de los estudios cursados donde consten superados los módulos objeto de convalidación. 
  • Programas oficiales de las asignaturas cursadas (sellados por el centro oficial, en el caso de estudios superiores artísticos o universitarios).
  • Certificación de matriculación de los módulos para los que solicita convalidación.

Resolución: de la resolución de la solicitud de convalidación por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa se dará traslado al centro docente, que notificará a la persona interesada.

Convalidaciones a realizar por la Escuela

Están especificadas en la normativa vigente y serán resueltas por la dirección del centro.

Dónde: administración del centro.

Plazo: Antes del 31 de diciembre.

Requisitos: que los módulos cursados pertenezcan a enseñanzas del mismo o superior nivel educativo y que, al menos, exista un mínimo de un 75% de coincidencia en carga lectiva y contenido con los módulos objeto de convalidación.

Documentación

  • Impreso de solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Certificación de los estudios cursados donde consten superados los módulos objeto de convalidación. 
  • Certificación de matriculación de los módulos para los que solicita convalidación.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud

 

CONVALIDACIÓN DE MÓDULOS DEL CURRÍCULO DE ANDALUCÍA ENTRE CICLOS DE LA MISMA FAMILIA PROFESIONAL Anexo I

El alumnado que puede solicitar reconocimiento de créditos es el que cursa los Estudios Artísticos Superiores de Diseño Gráfico o de Diseño de Moda.

La presentación de solicitud de reconocimiento no exime al alumnado de la obligación de asistir a clase y de la realización de las evaluaciones correspondientes mientras no posea la resolución de su reconocimiento. 

Dónde: En la administración del centro.

Plazo: Hasta el 15 de octubre.

Requisitos

  • El alumnado que solicite reconocimiento de créditos realizará matrícula condicional de las asignaturas para las que solicita el reconocimiento y abonará el equivalente al 30% de los precios públicos correspondientes a dichas asignaturas.
  • Los estudios reconocidos no podrán superar el 60 por 100 de los créditos del plan de estudios o del currículo del título que se pretende cursar.
  • En ningún caso serán objeto de reconocimiento los créditos asignados al TFG de las enseñanzas que se estén cursando.

Documentación

  • Impreso de solicitud (Anexo III).
  • Fotocopia DNI.
  • Certificación académica oficial de las enseñanzas cursadas. En el caso de que los créditos presentados procedan de estudios cursados en otro centro, el alumnado deberá adjuntar la correspondiente certificación académica oficial, así como aquella documentación requerida por el centro en el que cursa las enseñanzas para las que solicite el reconocimiento de créditos. 
  • Fotocopia del plan de estudios de las enseñanzas cursadas, en formato oficial y fotocopia de las guías docentes de las asignaturas, así como toda aquella documentación que la persona solicitante considere de relevancia
  • Certificación del abono de tasas o precios públicos o, en su caso, del motivo de exención de las mismas o copia autenticada de la misma.
  • En el caso de solicitar reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional, presentación de certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud en el plazo máximo de tres meses.

Normativa: Orden de 19 de octubre de 2020, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las enseñanzas artísticas superiores y se regula el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos de estas enseñanzas.

Enseñanzas Superiores

Convocatoria extraordinaria.

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

¿Cuándo se realiza la evaluación?: Se realiza durante el mes de noviembre para las asignaturas correspondientes al primer semestre y durante el mes de febrero tanto para las asignaturas de carácter anual como para las correspondientes al segundo semestre. 

Requisitos

  • Estar matriculado en la asignatura para la que solicita la convocatoria.
  • Haber estado matriculado de la misma en cursos anteriores, o tener superada la totalidad de las asignaturas para la superación del trabajo fin de estudios.

Documentación: 

– Impreso de solicitud.

– Solicitud de segunda convocatoria.

Importante: Solo hay dos convocatorias de evaluación por curso escolar, en caso de no superar la convocatoria extraordinaria deberá optar solo por una de las ordinarias, y deberá solicitar la segunda convocatoria en la administración del centro antes de la finalización del mes de diciembre, en el primer caso, y del mes de mayo, en el segundo.

 

Convocatoria adicional.

Se podrá conceder por una sola vez la convocatoria adicional para cada una de las asignaturas, de las prácticas o del trabajo fin de estudios, una vez agotado el número máximo de convocatorias.

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

¿Cuándo?: Del 1 al 10 de septiembre de cada año 

Requisitos: Cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias durante el transcurso de las cuatro convocatorias de pruebas de evaluación establecidas:

  • Enfermedad o accidente del alumno o alumna que impida el normal desarrollo de la adquisición de competencias curriculares de la asignatura.
  • Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas que curse.
  • Cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses o accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o pareja de hecho y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad. 

Documentación: 

– Impreso de solicitud (Anexo I)

– Documentación que acredite la concurrencia de alguna de las circunstancias alegadas.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud en el plazo máximo de un mes.

 

Ampliación límite de permanencia.

La permanencia máxima del alumnado en una especialidad será de seis cursos académicos, incluyendo el período de realización del TFG. Con carácter excepcional, se podrá ampliar en un único año y por una sola vez la permanencia en las enseñanzas artísticas superiores..

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

¿Cuándo?: Antes del 30 de octubre del curso académico

Requisitos: Tener superados al menos 200 créditos ECTS al término del curso académico en el que finaliza su límite de permanencia.

Documentación: 

– Impreso de solicitud (Anexo II)

– Documentación que justifique las circunstancias que motivan dicha solicitud. 

Resolución: El titular del órgano competente en materia de ordenación de las enseñanzas artísticas superiores resolverá y notificará la resolución en un plazo máximo de un mes.

Importante: Quienes superen el límite de permanencia establecido no podrán continuar los estudios que cursan en ningún centro de la comunidad autónoma andaluza.

Ciclos Formativos
Exención del módulo de Formación Práctica en ciclos.

El módulo de formación práctica será susceptible de exención por su correspondencia con la experiencia laboral. La exención podrá ser total o parcial.

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

Requisitos: Acreditar una experiencia de, al menos, un año, relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado. En el caso de contratos a tiempo parcial, el total de los días de cotización deberá ser equivalente a un año a tiempo completo.

Documentación:  

Impreso de solicitud (Anexo VI).

Para trabajadores o trabajadoras asalariados:

– Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.

– Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

 

Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:

– Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.

– Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:

– Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud.

 

Renuncia a convocatoria ciclos.

El alumnado podrá renunciar, en una de ellas y por una sola vez, a la evaluación y calificación de todos o alguno de los módulos que componen el ciclo formativo así como a la fase de formación práctica en empresas.

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

Plazo: Dos meses antes de la fecha prevista para la evaluación final.

Requisitos: Se podrá solicitar siempre que concurra alguno de los supuestos de enfermedad, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones personales (cuidado de menor o persona mayor a nuestro cargo…) que impidan la normal dedicación al estudio, todo ello debidamente justificado.

Documentación:  

  • Documentos justificativos que acrediten el motivo de la solicitud.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud. En caso de resolución favorable, se consignará «Renuncia convocatoria» en el expediente académico personal y la abreviatura «RE» en el acta de evaluación correspondiente.

 

Anulación de matrícula en ciclos

El alumnado podrá solicitar, por una sola vez y para un mismo ciclo formativo, la anulación de matrícula, que supondrá causar baja en todos los módulos en que esté matriculado y, por consiguiente, no será evaluado en la convocatoria de los mismos, que no será computable.

Dónde: Se solicita en la administración del centro.

Plazo: Dos meses antes de la fecha prevista para la evaluación final.

Requisitos: Se podrá solicitar siempre que concurra alguno de los supuestos de enfermedad, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones personales (cuidado de menor o persona mayor a nuestro cargo…) que impidan la normal dedicación al estudio, todo ello debidamente justificado.

Documentación:  

  • Documentos justificativos que acrediten el motivo de la solicitud.

Resolución: El centro docente notificará a la persona interesada el resultado de su solicitud. En caso de resolución favorable, se consignará «Anulación de matrícula» en el expediente académico personal y la abreviatura «AM» en el acta de evaluación correspondiente.

 

Convocatoria extraordinaria ciclos

El alumnado ha de superar cada módulo en el número máximo de cuatro convocatorias (dos por curso escolar). Si esto no es así, el alumnado ha agotado las convocatorias y no puede continuar con el Ciclo. Excepcionalmente y con motivos justificados, el alumnado podrá solicitar una convocatoria extraordinaria (junio o septiembre) y por una sola vez.

Dónde: Se solicita en la administración del centro que será remitida a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación.

Plazo: Quince días desde la fecha de la última evaluación.

Requisitos: Las circunstancias que podrán concurrir para la solicitud de la convocatoria extraordinaria son: enfermedad, discapacidad u otras que impidan el normal desarrollo de los estudios, siempre que se puedan acreditar documentalmente.

La convocatoria extraordinaria será incompatible con la renuncia a determinadas convocatorias o la anulación de matrícula.

Documentación:  

Resolución: Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales, previo informe del Servicio Provincial de Inspección de Educación, resolverán las peticiones dentro de los quince días posteriores a la recepción de la comunicación. En la Resolución se establecerá, si procede, un plazo especial para la formalización de la matrícula.

Para realizar estos trámites puedes hacerlo de forma presencial en la escuela en el horario actual: de martes a viernes de 10:30 a 13:00h / lunes de 16:00 a 19:00h

 

Además la Consejería de Educación ha puesto en marcha la Secretaría virtual, donde puedes realizar algunos trámites: solicitud de títulos, certificados, alegaciones, becas, etc. (No todos los puntos están disponibles para todos los Centros, dependerá de los plazos que estén abiertos en ese momento). Nuestro código de Centro es el 29 006179 por si te hiciera falta. 

 

Algunos documentos que puedes descargar para tus solicitudes:

Expone-solicita

Revisión calificación (CICLOS)

Reclamación sobre las calificaciones ordinarias/ extraordinarias en el centro docente.

Síguenos



Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Más info

aceptar